ste Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente, contra la decisión de fecha 07 de Noviembre de 2011, por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, como consecuencia de ello se REVOCA la referida sentencia por las razones que se expondrán ampliamente en el fallo integro del presente dispositivo.
SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano GIAN CARLOS GUEVARA MALAVE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-12.359.379, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en contra de la empresa CLÍNICA PUERTO ORDAZ COMPAÑÍA ANÓNIMA.
TERCERO: No hay condena en c.....