DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL,
MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: Primero: Reponer
la presente causa al estado de que el A-quo fije una nueva oportunidad para la
celebración de la audiencia oral de conformidad a lo previsto en el artículo 189 del
Código de Procedimiento Civil; es por lo que se declara nula el acta levantada en
fecha 23 de abril del 2019. Segundo: Se revoca la decisión recurrida y proferida por
el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil Del Tránsito y Bancario
de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de mayo del 2019. Así se decide.-