Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la demanda de Revisión de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Taisa Carolina Urdaneta Kulinich, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.018.146, contra el ciudadano Bronislaw Bednarsky Krysztaluk, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.531.336, a favor de su hijo, el niño Se omiten nombres de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de siete (07) años de edad. Así se decide.
Segundo: Se fija la Obligación de Manutención en los términos establecidos. Los montos establecidos deberán ser entregados a la progenitora ciudadana Taisa Carolina Urdaneta Kulinich, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.018.146. Queda establecido que los demás conceptos no comprendidos en la presente decisión serán cubiertos a partes iguales entre ambos p.....