Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la oposición a la medida de Secuestro decretada y practicada en este juicio, sobre el inmueble, constituido por un local comercial ubicado en la Planta Baja del Centro Comercial Anjomar, distinguido con el número tres (3) y con la nomenclatura 10-04, situado en la Avenida Bolívar c/c Manrique,de la ciudad de San Carlos, estado Cojedes, oposición que hicieran los apoderados judiciales RAISHA GROOSCORS BONAGURO Y TAGRID FERREIRA SALMEN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 57.200 y 38.231, en el mismo orden, en representación del ciudadano WAYDI EL CHARANI EL KANTAR, suficientemente identificado en autos.