ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: "DECLARAR BASTANTE" las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de VICKY DEL VALLE, EVERILDE MATILDE, MARIANNY SUHAIL y ALVARO ENRIQUE FLORES SEIJAS, hijos de la causante: JUSTINA SEIJAS la cualidad que tienen de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida, quien en vida respondiera al nombre de: JUSTINA SEIJAS, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes de la fallecida, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a los fines de ley.-