Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos LUCIA VILLEGAS ROJAS y NICOLAS RAFAEL MORILLO ANDASOL, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-9.842.817 y V- 10.325.047, respectivamente, la primera domiciliada en la calle 2, casa Nº 30, Urbanización José Laurencio Silva, Parroquia San Diego de Cojedes Municipio Anzoátegui, estado Cojedes, y el segundo de este domicilio; el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, cuyos linderos y demás especificaciones se indican en la solicitud.