El Tribunal oído el pedimento hecho por el ejecutante lo acuerda en conformidad por cuanto las cantidades indicadas no sobrepasan el monto ordenado por el ejecutante, procede en este acto a dar cumplimiento a la comisión, en consecuencia, actuando en nombre de la Republica y por autoridad de la ley decreta embargado ejecutivamente las cantidades de dinero indicadas en las cuentas corrientes señaladas por el ejecutante que conforme a los print aportados por la notificada son propiedad de la parte ejecutada Tecnica Zambrano C.A., hasta las cantidades señaladas, estas son los montos señalados en la cuentas corrientes de las cuales la ejecutada es cuenta habiente titular de las siguientes cuentas corrientes números 1101066563, por un monto de SIETE MIL CINCUENTA Y SEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS ( Bs. F 7.056,34) y en la cuenta corriente numero 1101069481 por el monto de MIL DIEZ CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS ( Bs. F 1.010, 53) y consecuencialmente se declara la desposesion juríd.....