DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio constituido como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo establecido en el Artículo 173, 364, y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, así como en las demás disposiciones Constitucionales ya señaladas ABSUELVE, al ciudadano RIERA MONTILLA SAMUEL, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.406.832. Residenciado en el barrio los Jardines Calle Principal Casa S/N, San Carlos estado Cojedes, de la acusación incoada en su contra por el Ciudadano Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Cojedes, como autores del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente para el momento de los hechos. Como consecuencia se ordena el cese de la medi.....