DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Euler Genaro Fernández y Marcial Vivas Montenegro, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales en la presente causa y Segundo: Confirma la decisión dictada en fecha 01 de Agosto de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes mediante la cual impone al Ciudadano Darwuing Rafael Carreño Bocaney, plenamente identificado, la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.