éste JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, actuando con la Competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que por cumplimiento de obligación de manutención intentara la Ciudadana Lorena Martínez Suárez, en representación de sus niño (IDENTIDAD PROTEGIDA), contra el Ciudadano García Xeiner José, todos identificados en autos.- En consecuencia acuerda la obligación de manutención mensual y a favor del niño antes identificado, equivalente al treinta por ciento (30%) sobre el sueldo que percibe el obligado alimentario quien deberá suministrarlo a la madre de su hijo por ante éste Tribunal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dicha obligación de manutención, deberá ser aumentada automáticamente en la misma forma en.....