Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA Remitir la Causa N° 3C-S-1545-O6, Expediente Fiscal N° 54.120-06 a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes a los fines de ley, por considerar que el Ministerio Público, titular de la acción penal, es el autorizado para entregar los objetos de acuerdo a la norma citada, en virtud además de que en el caso concreto objeto de estudio no están acreditados los supuestos a que se refiere el legislador para que proceda la entrega por el juez de Control. ASI SE DECIDE. Remítase la causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Notifíquese a la solicitante y su Abogado.
GERARDO JOSE TOREALBA PERAZA
JUEZ
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