-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana OMAIRA YELITZA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-14.899.270, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal constante de un área de terreno: NUEVE MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (9.453,96 M²), con un área total de construcción y bienhechuría de CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (141,00 M²). Ubicada .....