-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Accidental Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación formulada por el Abogado JOSE C. COLMENARES CH., Apoderado Judicial de la parte demandante SUCESION YAUCA CORDERO, en fecha 15 de julio de 2014, contra la Jueza Provisoria de este Tribunal. ASI SE DECIDE.
Se impone una multa de DOS BOLIVARES (Bs. 2,00), al Recurrente por haberse declarado SIN LUGAR la presente recusación, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, pagadera a favor de la Tesorería Nacional, en una entidad bancaria receptora de fondos nacionales, cuyo pago deberá acreditar, mediante consignación del comprobante en el presente expediente, al tercer (3) día de despacho siguiente. ASI SE DECIDE.