CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y ROMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle a favor de la DIÓCESIS DE SAN CARLOS, representada por el ciudadano POLITO RODRÍGUEZ MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.186.940,el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías edificadas o construidassobre un terreno propiedad del Municipio San Carlos, ubicadas en el Sector el Cacao, Calle Principal del Cacao, Vía la Sierra, San Carlos, estado Cojedes;cuyos linderos, formas.....