Este Tribunal de conformidad con el Artículo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÒN A LA MISMA, confiriéndole el carácter de cosa Juzgada, dando por terminado el Procedimiento de solicitud de Obligación Alimentaria que la motivo y ordena el archivo definitivo del expediente respectivo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho de Este Tribunal, a los Treinta (30) dìas del mes de Mayo de dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147 de la Federación.