Por lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN al Desistimiento, habido en la presente demanda por motivo de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, suscrito por el abogado EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-10.989.839, abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.023, mediante escrito de fecha 25 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Asimismo, en virtud de lo anterior, se da por terminada la presente causa y se ordena remitir en su debida oportunidad el presente Expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines de su resguardo.
Publíquese, Re.....