IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a la ciudadana, JOHANNA ROSEMARY GARCIA MATOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.766.879, con domicilio en la Calle Sucre, Casa Nº 17-325, Sector Centro, San Carlos, Municipio Ezequiel Zamora, estado Cojedes, actuando en nombre propio y representación de los coherederos, LIGIA RAMONA MATOS DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.210.386, en su condición de.....