Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por Carmen Dioseli Aguiar Chinchilla y Aide Carolina Espinoza, Fiscal Sexta y Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha veintiséis (26) de julio de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada en fecha veintiséis (26) de julio de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó la Medida Cautelar de Presentación Periódica cada tres (03) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se DECRETA en su defecto la DET.....