DECISIÓN.
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE, la demanda de Incumplimiento de Contrato, presentada por la ciudadana Fanny Rosa Blanco Oviedo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.962.220, inscrita en el Inpreabogado al Nº 230.790 actuando en nombre propio y su representación, en contra de los ciudadanos Enrry Javier Torres y Gersom José Costero Torres, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.770.644 y V-12.371.845.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos de Austria, a los veintinueve.....