Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana Ana Mercedes Casadiego, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.413.252, contra el ciudadano Argenis Rafael Martínez Machado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.994.663, con fundamento en la causal 2º del Articulo 185 del Código Civil Venezolano. Y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal que los unía 11 de julio de 1992, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
Segundo: Se ratifican los acuerdos celebrados respecto de las instituciones familiares, los cuales fueron debidamente homologados en su oportunidad. Así se decide.
Tercero: Realícense las participaciones correspondientes. Así se decide.