En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley LA PRESCRIPCIÓN en la presente demanda interpuesta por la apoderada judicial Abogada CARMEN AMERICA VARGAS GALEO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 117.700, en representación de la ciudadana MIRIAN DEL CARMEN HERNANDEZ MORA, titular de la cedula de identidad Nº V-3.690.232, contra de la entidad de trabajo MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS DEL ESTADO COJEDES.