el Tribunal finalizada la presente Audiencia, y oídas las exposiciones de la Fiscal del Ministerio Público y de la Defensora Pública Penal, pasa a decidir en presencia de las partes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en los términos siguientes: PRIMERO: Se impone en este acto al ciudadano imputado del motivo de la aprehensión acordada por este tribunal, en la presente causa seguida al supra mencionado ciudadano, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, aplicable al presente caso, toda vez que era la Ley vigente para el momento de los hechos. SEGUNDO: Considera quien aquí se pronuncia, que en virtud de la entidad del delito que le atribuye el Ministerio Público al acusado de autos, mantener la privación judicial preventiva de libertad al imputado resultaría ala.....