CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la recusación formulada por el abogado José Bernardo Rodríguez Guerra, actuando en su carácter de autos, contra el abogado Sadala Antonio Mostafá Paolini, juez titular del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en consecuencia, se ORDENA la devolución del expediente a su tribunal de origen, a los fines de que siga conociendo de la causa. Segundo: De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone al abogado José Bernardo Rodríguez Guerra, una multa de Dos Bolívares Fuertes (Bs.F.2,00), la cual deberá ser cancelada dentro del lapso de tres (3) días siguientes al recibo de las presentes actuaciones por parte del Tribu.....