DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado
Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: Sin lugar la apelación, del
fallo de fecha 12-01-2018, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en
lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado
Cojedes, el cual se declara la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA de la demanda que
por motivo de Honorarios Profesionales, incoara el ciudadano RAMON ENRIQUE
MOREAN VILLEGAS, abogado en libre ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular
de la Cédula de Identidad N° V-7.560.613 e inscrito en el instituto de Previsión
Social Bajo el Nº 101.463, contra el ciudadano ARGENIS RAFAEL BARRIOS
AZCONEGUIZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-
1.341.560. SEGUNDO: Se confirma la S.....