IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos JACKSON RAMON PUERTA TEJEDA y ANA TERESA LOPEZ ORTUÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-14.613.151 y V-17.594.523 respectivamente, debidamente asistidos para este acto por el abogado en el ejercicio JOSE ANTONIO BARONA GUEVARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 212.178, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges ya identificados, y disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día seis (06) de agosto del año dos mil quince (2015), del .....