en consecuencia, procedo en este acto a imponer al imputado RAFAEL ENRIQUE VALDERRAMA de una medida de coerción personal menos gravosa, de las contenidas en el artículo 256, ordinal 3 del COPP, consistente en la Presentación Periódica de este Circuito Judicial Penal CADA 08 DIAS por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Líbrese el oficio al alguacilazgo y Boleta de Excarcelación.