IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos OMAIRA JOSEFINA PINTO DE RENGIFO, MIGUEL ADOLFO RENGIFO PINTO, NAKARY VICTORIA RENGIFO PINTO y LUIS EDUARDO RENGIFO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.532.411, V-18.973.226, V-18.973.227 y V-19.723.423 respectivamente, en su carácter de coherederos de el ciudadano Miguel Eduardo Rengifo Guevara(+) quien en vida era venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-7.562.645, quien falleció el día trece (13) de Marzo del año Dos Mil veintitrés .....