V
DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación ejercida en fecha 23 de enero del 2025,
ejercido por el abogado Jesús Salazar en su condición de apoderado judicial de la
parte demandada ciudadana Isabel Teresa Ramírez que riela al folio 168 de la
primera pieza. SEGUNDO: Se configura el alegato de la prescripción de la acción
con motivo a lo establecido en el artículo 1.346 del Código Civil, anunciado por la
parte demandada, ciudadana Isabel Teresa Ramírez, venezolana, mayor de edad,titular de la cédula de identidad Nº V-3.690.288, en su carácter de presidenta de
la "Organización Comunitaria de vivienda Colegio de Licenciados en Educación
Seccional Cojedes, inscrita ante la Oficina Subalterna de Registro Público del
Municipio el Pao del estado Cojedes con funciones n.....