-IV-
Decisión
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando como Tribunal de Primera Instancia Regional de lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Niega la Admisión del Recurso de Casación contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior Agrario en fecha seis (06) de mayo de 2015, anunciado en fecha diecinueve (19) de mayo de 2015, por los Abogados Rosa Auristela Calles Barrada y Héctor Rafael Pérez Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 136.498 y 78.496 respectivamente, actuando en su carácter de Co-Apoderados Judiciales de la Tercera Coadyuvante en la presente causa, Ciudadana María Coromoto Robles Suarez, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.119.279. Así se decide.