DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos Abogados Fernando Feo Gómez, Ia del Valle Sánchez y Vanessa González, en la causa seguida al ciudadano VÍCTOR ALFONSO MEDINA, en contra de la decisión que fue dictada en fecha 03 de Abril de 2014, y publicado el auto motivado en fecha 07 de abril de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo previsto en los artículos 300 numeral 3, 361, y 49 numeral 7, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes. ASÍ SE .....