En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS MAYDIS YOSMAR DE NOBREGA AGUILAR y ANGEL GABRIEL SOLORZANO HERNÁNDEZ, ampliamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil por ante la Alcaldía del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, en fecha 27 de septiembre de 2008; según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante al folio cinco (5) de la solicitud signada con el Nº 2413/09.
El tribunal nada establece en cuanto a bienes constituidos en la comunidad conyugal por cuanto los solicitantes manifestaron no haberlos obtenidos.