Este Tribunal declara cerrado formalmente el mencionado lapso, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se fija para el tercer día de despacho siguiente al presente auto, la Audiencia Oral y Pública, a la que se contrae la mencionada disposición, la cual se verificará para las diez de la mañana (10:00 a.m.)