REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO AGRARIO
DE LOS ESTADOS ARAGUA, CARABOBO Y COJEDES.-


San Carlos, 28 de Julio de 2006.-
196° y 147°


Por cuanto el día de ayer veintisiete (27) del presente mes y año, venció el lapso probatorio, este Tribunal declara cerrado formalmente el mencionado lapso, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se fija para el tercer día de despacho siguiente al presente auto, la Audiencia Oral y Pública, a la que se contrae la mencionada disposición, la cual se verificará para las diez de la mañana (10:00 a.m.), todo a fin de oír los informes de las partes en la presente causa..-

El Juez;


Abg. DOUGLAS GRANADILLO PEROZO.-



La Secretaria



Abg. MARIA CRISTINA CAMARGO RINCÓN.





Exp. No 533-05
DGP/nmm