Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO intentó el Abogado LUÍS ALEJANDRO MÉNDEZ GUAITA, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos DEIVIS MIGUEL MORA BLANCO y RICHARD JOSÉ MORA BLANCO, contra la Empresa Mercantil Seguros Mercantil C.A., y contra los ciudadanos URBANIR DOS SANTOS VIEIRA, JOSÉ ADEMIR CABRAL WOLFXI y VANDERLEI ALVES KOIYAMA, todos identificados en actas. Así se declara.