ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Con fundamento en el articulo 621 y el articulo 647 literales a, b, c y e de la Ley Orgánica para la Proteccion del Niño y del Adolescente. Acuerda: PRIMERO: Mantener la Medida de Reglas de Conducta, que viene cumpliendo el sancionado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente) Cojedes, impuesta por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, para que surta los fines socio-educativo que fueron impuestos, hasta una nueva revisión, que se fija para el día martes 07-10--2008 a las 10:00 horas de la mañana, de ser necesario. SEGUNDO: Quedan notificadas las part.....