Por las razones de hecho y de derecho expuestas, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Gleidis Jasquelin Velásquez Timaure y Gustavo Antonio Quiroz Ledezma, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.113.527 y V-17.593.072, respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada Ivelis Josefina Pineda, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.500; en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante el Registro Civil del Municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa, el 19 de diciembre de 2008.