Decisión. -
Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y
Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes,
administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede
Constitucional y conforme a derecho, declara:
Primero: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por extemporáneo, ello
de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo
sobre Derechos y Garantías Constitucionales.Segundo: No hay condenatoria en costas, por su naturaleza.
Remítase el expediente en su oportunidad legal al Tribunal de la causa.
Publíquese, en la página del Tribunal Supremo de Justicia, así como en la página
Cojedes.scc.org.ve y déjese copia en carpeta digital en programa PDF, en el archivo
de este tribunal, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Remítase
la presente decisión al correo de las p.....