Con visto de todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la pretensión de Divorcio, conforme al ordinal 5° del artículo 185 del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos YOHEL MARTÍN ROBLES y OMAIRA COROMOTO QUIÑONES MIRELES, suficientemente identificados en el cuerpo de este fallo, celebrado en dieciocho (18) de febrero de dos mil cinco (2005), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes, según acta de matrimonio Nº 25, que corre a los autos en copia certificada, y así se decide.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Códig.....