IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle alosciudadanosYecsy Daniela Díaz Yajure y Jimmy David Díaz Bolívarquienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nº V- 24.742.623 y Nº 28.241.623 en su carácter de hijos, la cualidad de únicos y universales herederosdel De cujusJimmy David Díaz Tovarquien en vida era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.364.122, quien falleció el día 14 de noviembre del año mil diecinueve (2019), en la ciudad Hospitalaria Dr. Enrique Tejera, parroquia Candelaria, Municipio Valencia estado Carabo.....