El Tribunal oída la exposición del experto designado, pasa de inmediato a realizar la ejecución forzosa de la medida ordenada, en tal virtud este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas, actuando en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley declara consumada la reivindicación del inmueble identificado en el cuerpo de esta acta a favor de la ciudadana DILIA JOSEFINA QUINTERO MERLO, titular de la cedula de identidad N° V- 9.530.363, en consecuencia se deja en posesión de dicho inmueble, quien estando presente manifiesta: "recibo conforme el inmueble objeto de la litis y tomo posesión de inmediato". Asimismo y a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa del demandado de autos ciudadano FRANCISCO JAVIER QUINTERO MERLO, se ordena librar boleta de notificación al ciudadano supra identificado, haciéndole saber de las actuaciones de este Tribunal y el motivo de las mismas, es todo.