DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la Apelación, formulada por el Abogado ALONSO PARIS AREVALO., el cual esta inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.839, en su carácter de representante judicial de la parte co-demandada y recurrente (Grupo Souto, C.A) en el juicio que incoara contra Construcciones Quintero y la Sociedad de Comercio; "Grupo SOUTO, C.A", ya señalada e identificada respectivamente en los folios que corresponde al escrito libelar, ya identificadas; por motivo de la decisión tomada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, fecha 17 de Octubre del año 2006., se repone la causa al Estado de admisión al objeto de que la Juez a quo, dicte un.....