-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN, formulada por la Sociedad Mercantil AGRICOLA LA PARAPARA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circuscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 08 de enero de 1986, bajo el Nº 2, Tomo 1-A Pro. y domiciliada en Caracas, representada por el Ciudadano OSCAR EMILIO ANTONINI LAVIOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.964.014, Productor Agropecuario y domiciliado en el Sector Las Tejas, Vía las Tejas, Fundo Guayabalito, Parroquia General en Jefe José Laurencio Silva, Municpio Tinaco del estado Cojedes, actuando en su carácter de Presiente, debidamente asistido por el Abogado GERMAN JESUS PIÑA, venezolano, mayor de.....