IV
DECISIÓN
Por todas las razones antes expuesta este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la solicitud por motivo de Rectificación de Acta de Defunción, interpuesta por la ciudadana FANNY ROSANA DIAZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, comerciante, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-14.659.889, domiciliada en la Urbanización Los Jardines calle Principal con calle Nº 06, casa Nº 93 de la ciudad de San Carlos Estado Cojedes, Correo electrónico: fadiz2626@gmail.com, Número de Teléfono: 0414-3527114. En virtud de lo establecido en la resolución Nº 161219-274, emanada del Poder Electoral (CNE) a través de la Oficina Nacional de Registro Civil (ONRC), y en aras de garantizar los preceptos y principios establecidos en los artículos 2.....