DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación
Interpuesta por: MARÍA ELENA TORRES DE CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular
de la cedula de identidad Nº. V- 3.283.230, parte demandante.
SEGUNDO: Se Suspende preventivamente el desalojo forzoso, hasta tanto el SUNAVI no
haya proveído refugio o solución habitacional o se determine que el arrendatario tiene un
lugar donde habitar.
TERCERO: Se insta al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de
los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción
Judicial del Estado Cojedes, los oficios correspondiente a la oficina Administrativo
Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (SUNAVI) con la finalidad de
solicitar le sea asignado a la parte demandada ci.....