IV.- Decisión.
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, Homologa el Desistimiento de la Accion, formulado por la ciudadana Carla Graciela Ruiz Rojas, titular de la Cédula de Identidad número V.13.971.045, asistida del abogado Carlos Javier Jara, en el juicio de Interdicción, intentado por la precipitada ciudadana en contra de la ciudadana Geomar Archiee Rojas, todos identificados en actas, conforme a lo previsto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, en la cual no se trabó la litis y no existió vencimiento total de alguna de las.....