Se deja constancia que no compareció la parte accionante de autos, ciudadano NICOLAS LOZADA titular de la cédula de identidad Nº V-4.096.741, ni por si ni apoderado judicial alguno. Verificada la incomparecencia de la parte accionante la ciudadana Jueza, en aplicación a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a la declaratoria de Ley: Vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y por consiguiente terminado el proceso de la demanda incoada por el ciudadano NICOLAS LOZADA titular de la cédula de identidad Nº V-4.096.741, contra la entidad de trabajo AGRICOLA LAS VEGAS Y/O HACIENDA LA PONDEROSA. La ciudadana jueza da por concluido el acto y ordena una vez cumplido el lapso legal de cinco (05) días hábi.....