Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: Con Lugar la demanda de Impugnación de Reconocimiento de Paternidad hecho por el ciudadano Richard Antonio Moreno Camacho, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.665.308, respecto del joven ...................... Así se decide.
Segundo: En consecuencia se declara la nulidad del acta de nacimiento contentiva del referido Reconocimiento y se ordena el levantamiento de una nueva acta de nacimiento donde conste solo el reconocimiento materno. Así se decide.
Tercero: Se ordena la publicación de un edicto de conformidad con lo establecido en el artículo 507 del Código Civil. Así se decide.