El Tribunal vista la solicitud presentada por la abogada ejecutante, acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de medidas actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley declarada embargado ejecutivamente los bienes supra identificados por el perito avaluador designado, en tal virtud se declara la desposesion jurídica de dichos bienes, y pasa hacer entrega en calidad de deposito de los referidos bienes embargados ejecutivamente, y bajo inventario a la depositaria judicial Los Tres candados, C.A., a través de su representante legal ciudadano MARCELINO ARAUJO, ya identificado.