IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos: Simón Gregorio Alvarado Ramos y Ninfa Ramona Ramos, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.824.489 y V-8.422.580, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano; disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día el día primero (01) de marzo de 1985, según Acta de Matrimonio Nº07,08, Folio 19,20,21, de fecha 01/03/1985, Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y particípese al Registro Civil del Municipio Girardot, e.....