En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA que en la Solicitud contenida en estos autos propuesta por el ciudadano ZOYLO GODOY BOLIVAR, asistido por el Abogado en ejercicio OSWALDO MONAGAS DOMINGUEZ, identificados anteriormente, se configuró la Pérdida de Interés del peticionante, en consecuencia, se da por terminado el trámite y se ordena el archivo de la Solicitud, Así se decide.